Código de Ética y Conducta Empresarial
PAREX COLOMBIA S.A.S. · Versión 01
1. Mensaje del accionista único
En Parex creemos que la confianza es el activo más valioso de un negocio de financiamiento. Somos una compañía de reciente creación y, precisamente por eso, queremos construir nuestra cultura organizacional sobre bases sólidas de integridad, transparencia y cumplimiento desde el primer día, mucho antes de que la ley nos exija hacerlo. Este Código de Ética y Conducta Empresarial recoge los principios y las reglas de comportamiento que esperamos de quienes trabajan con nosotros y en nuestro nombre, y es de obligatorio cumplimiento para todos.
2. Objetivo
Establecer los principios éticos, los valores corporativos y las pautas de comportamiento que deben orientar la actuación de Parex Colombia S.A.S. y de todas las personas vinculadas a ella, con el fin de promover una cultura de integridad, transparencia y cumplimiento, prevenir la corrupción, el soborno transnacional, el fraude y el lavado de activos, y fortalecer la confianza de los clientes, colaboradores, proveedores, autoridades y demás grupos de interés de la Compañía.
3. Alcance
Este Código aplica al Accionista Único, al Representante Legal, al Oficial de Cumplimiento, a todos los colaboradores de Parex (sin importar el tipo de vinculación o el nivel del cargo), así como a los contratistas, proveedores y demás terceros que actúen en nombre o representación de la Compañía, o que se relacionen con ella en el desarrollo de su actividad de factoring. Su cumplimiento es una condición para el inicio y la continuidad de cualquier relación contractual, laboral o comercial con Parex.
4. Marco normativo
Este Código se expide como documento complementario e inseparable de la Política de Cumplimiento del Sistema de Autocontrol y Gestión de Riesgos LA/FT/FP y C/ST de Parex, y se enmarca, entre otras, en las siguientes normas:
- Capítulo IX de la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia de Sociedades – Circular Externa 100-000020 de 2026, que unificó el SAGRILAFT (antiguo Capítulo X, Circular 100-000016 de 2020) y el PTEE (antiguo Capítulo XIII, Circular 100-000011 de 2021) en un solo Sistema, con una sola política, un solo manual y un código de ética común.
- Ley 1474 de 2011 (Estatuto Anticorrupción).
- Ley 1778 de 2016, sobre responsabilidad de las personas jurídicas por actos de corrupción transnacional.
- Código Sustantivo del Trabajo y demás normas laborales aplicables a la relación con los colaboradores.
- Ley 1581 de 2012, sobre protección de datos personales.
- Ley 1676 de 2013 y Decreto 2669 de 2012, sobre la actividad de factoring.
- Código de Comercio y Ley 1258 de 2008, en lo relativo al funcionamiento de la sociedad y a los deberes de sus administradores.
5. Nuestros principios y valores
Los siguientes valores orientan la forma en que Parex hace negocios y se relaciona con sus grupos de interés:
Integridad: Actuamos con honestidad y coherencia entre lo que decimos y lo que hacemos, incluso cuando nadie nos observa.
Transparencia: Damos a nuestros clientes, proveedores y autoridades información clara, veraz y oportuna sobre nuestras operaciones y condiciones de financiamiento.
Confianza: Cuidamos cada relación como la base de nuestro negocio: cumplimos lo que prometemos, en los tiempos y condiciones pactadas.
Responsabilidad: Asumimos las consecuencias de nuestras decisiones y actuamos con diligencia en el manejo de los recursos que nos confían clientes y proveedores.
Legalidad: Cumplimos la ley y rechazamos cualquier práctica de corrupción, soborno, fraude o lavado de activos, sin excepción.
Respeto: Tratamos con dignidad y sin discriminación a colaboradores, clientes, proveedores y a la comunidad en general.
6. Compromisos éticos frente a nuestros grupos de interés
6.1. Frente a los colaboradores
- Ofrecer un trato justo, respetuoso y libre de discriminación por razones de género, raza, religión, orientación sexual, opinión política o cualquier otra condición.
- Rechazar cualquier forma de acoso laboral o sexual, y disponer de un canal para que sea reportado de forma confidencial.
- Garantizar condiciones laborales seguras y el cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social.
- Promover el desarrollo profesional y la capacitación continua, incluyendo la formación en riesgos LA/FT/FP y C/ST.
6.2. Frente a los clientes y contrapartes (originadores y pagadores de facturas)
- Ofrecer condiciones de financiamiento claras, informando de manera transparente tasas, plazos y demás condiciones aplicables.
- No vincular contrapartes sin haber surtido el proceso de debida diligencia previsto en la Política de Cumplimiento.
- Proteger la información y los datos personales de nuestras contrapartes, utilizándolos únicamente para los fines autorizados.
- Atender de forma diligente y oportuna las solicitudes, quejas o reclamos de nuestros clientes.
6.3. Frente a los proveedores y contratistas
- Seleccionar proveedores y contratistas con criterios objetivos, sin favorecimientos indebidos ni conflictos de interés no declarados.
- Cumplir oportunamente con los pagos y condiciones pactadas.
- Exigir a los proveedores y contratistas el cumplimiento de estándares mínimos de ética e integridad cuando ello resulte aplicable a la relación contractual.
6.4. Frente al Estado y las autoridades
- Cumplir la normatividad vigente y atender oportunamente los requerimientos de la Superintendencia de Sociedades, la UIAF y demás autoridades competentes.
- No ofrecer, prometer o entregar dádivas, comisiones o beneficios indebidos a servidores públicos, en Colombia o en el exterior.
- Actuar con transparencia en cualquier proceso de contratación estatal en el que eventualmente participe la Compañía.
6.5. Frente a la competencia y el mercado
Parex compite de manera leal, con base en la calidad de sus productos y condiciones de financiamiento, absteniéndose de prácticas restrictivas de la competencia, de espionaje empresarial o de difusión de información falsa o desleal sobre otros actores del mercado.
6.6. Frente a la comunidad
Parex reconoce su responsabilidad frente al sector de la construcción al que sirve y frente a la comunidad en general, y orienta su actividad hacia el desarrollo de relaciones comerciales que generen valor sostenible para sus clientes y proveedores.
7. Conductas y lineamientos específicos
7.1. Conflicto de interés
Existe conflicto de interés cuando un colaborador, administrador o contraparte se encuentra en una situación en la que su interés personal, familiar o de un tercero puede anteponerse al interés de Parex. Quien se encuentre en una situación de conflicto de interés, real o potencial, deberá declararla de inmediato al Oficial de Cumplimiento o a su superior jerárquico, absteniéndose de participar en la decisión respectiva hasta que se determinen las medidas de control aplicables.
7.2. Regalos, atenciones y gratificaciones
Se sigue el mismo límite fijado en la Política de Cumplimiento: los regalos o atenciones no podrán superar $200.000 COP por evento, ni presentarse más de tres (3) veces al año respecto de un mismo tercero; nunca podrán consistir en dinero en efectivo, ni recibirse u ofrecerse en el contexto de una negociación o adjudicación contractual en curso.
7.3. Gastos de representación y viáticos
Los gastos de viaje, alimentación u hospedaje relacionados con la actividad de Parex deben ser razonables, estar debidamente soportados y contar con la autorización previa de la Alta Gerencia.
7.4. Contribuciones políticas, donaciones y cabildeo
Parex no realiza, como persona jurídica, contribuciones a campañas políticas. Toda donación deberá ser aprobada previamente por el Oficial de Cumplimiento, dirigirse a causas lícitas y estar precedida de debida diligencia sobre el beneficiario. Cualquier actividad de cabildeo ante autoridades públicas deberá adelantarse de forma transparente y con conocimiento previo del Oficial de Cumplimiento.
7.5. Prevención del fraude
- Se considera fraude toda conducta dolosa dirigida a obtener un beneficio indebido para sí o para un tercero, en perjuicio de Parex, sus clientes o sus proveedores (por ejemplo, adulteración de facturas, suplantación de identidad o simulación de operaciones de factoring).
- Todo colaborador que identifique un posible fraude deberá reportarlo de inmediato al Oficial de Cumplimiento.
- Parex adoptará las medidas correctivas, disciplinarias y legales a que haya lugar frente a hechos de fraude comprobados.
7.6. Prevención de LA/FT/FP y manejo de efectivo
Todo colaborador debe conocer y aplicar los lineamientos de debida diligencia, señales de alerta y reporte de operaciones sospechosas contenidos en la Política de Cumplimiento. Parex no recibe ni entrega dinero en efectivo a sus contrapartes, salvo el manejo estrictamente necesario de caja menor.
7.7. Manejo de información confidencial y datos personales
La información de clientes, proveedores, colaboradores y de la propia Compañía es confidencial y solo puede utilizarse para los fines autorizados. Los datos personales se tratan conforme a la normativa vigente en la materia y únicamente por el personal autorizado para ello.
7.8. Uso adecuado de los activos y recursos de la Compañía
Los equipos, sistemas de información, recursos financieros y demás activos de Parex deben utilizarse exclusivamente para fines relacionados con el desarrollo del objeto social, con cuidado y diligencia, evitando su uso indebido o su aprovechamiento para fines personales.
7.9. Redes sociales y comunicaciones externas
Los colaboradores deben actuar con prudencia al referirse a Parex en redes sociales o medios públicos, absteniéndose de divulgar información confidencial o de emitir opiniones que comprometan la reputación de la Compañía a título personal.
8. Deberes y prohibiciones de colaboradores y contratistas
Deberes
- Conocer y cumplir este Código, la Política de Cumplimiento y los procedimientos que los desarrollen.
- Actuar con honestidad, diligencia y buena fe en el ejercicio de sus funciones.
- Reportar al Oficial de Cumplimiento cualquier situación que contraríe este Código, incluyendo conflictos de interés, fraude, corrupción u operaciones inusuales.
- Participar en las capacitaciones sobre ética y cumplimiento que programe la Compañía.
Prohibiciones
- Ofrecer, solicitar, aceptar o entregar dádivas, comisiones o beneficios indebidos a cambio de favorecer a un tercero en cualquier relación con Parex.
- Utilizar los recursos, el nombre o la información de Parex para obtener beneficios personales o para terceros.
- Realizar u ocultar operaciones que puedan constituir lavado de activos, financiación del terrorismo o fraude.
- Divulgar información confidencial de la Compañía, sus clientes o proveedores sin la debida autorización.
9. Canales de comunicación, consultas y denuncias
Cualquier persona podrá formular consultas sobre la interpretación de este Código o reportar de buena fe hechos que puedan contrariarlo, a través de los siguientes canales, garantizando la confidencialidad del reportante y la prohibición absoluta de represalias en su contra:
- Buzón del Oficial de Cumplimiento: compliance@parex.ai
- Línea Ética: lineaetica@parex.ai
Todo reporte será analizado por el Oficial de Cumplimiento, quien adelantará las verificaciones a que haya lugar y guardará reserva sobre la identidad del aportante, salvo requerimiento de autoridad competente.
10. Régimen de sanciones y consecuencias
El incumplimiento de este Código será considerado una falta grave y dará lugar a las medidas y sanciones que correspondan conforme al Reglamento Interno de Trabajo, a las cláusulas contractuales aplicables a proveedores y contratistas, y a la terminación de la relación contractual o comercial cuando la gravedad de los hechos así lo amerite, sin perjuicio de las acciones penales, civiles o administrativas a que haya lugar.
11. Divulgación, capacitación y aceptación
Este Código se divulgará a todos los colaboradores desde su vinculación y se socializará con los proveedores y contratistas relevantes. Todo colaborador dejará constancia escrita de haberlo leído, entendido y aceptado. Parex incluirá los temas de ética y cumplimiento en sus programas de inducción y en la capacitación anual sobre riesgos LA/FT/FP y C/ST prevista en la Política de Cumplimiento.
12. Aprobación, vigencia y actualización
Este Código fue aprobado por el Accionista Único de Parex Colombia S.A.S. mediante Acta No. 1 del 30 de septiembre de 2026 y rige a partir del 1 de octubre de 2026. Deberá revisarse al menos una vez al año, junto con la Política de Cumplimiento, o antes si se presentan cambios normativos u operativos que lo justifiquen. Toda modificación requiere la aprobación del Accionista Único, a propuesta del Representante Legal y del Oficial de Cumplimiento.
13. Documentos relacionados
- Política de Cumplimiento del Sistema de Autocontrol y Gestión de Riesgos LA/FT/FP y C/ST (SAGRILAFT – PTEE).
- Certificación de designación del Oficial de Cumplimiento.
- Código de Gobierno Corporativo.
- Política de Tratamiento de Datos Personales.
- Reglamento Interno de Trabajo.